Incapacidad permanente absoluta

Incapacidad permanente absoluta

Desde atendemos su caso personalizadamente, haciendo lo posible para que la Ley se decante de su lado y obtenga la indemnización que es contemplada por derecho. 

La incapacidad permanente absoluta es otra de las figuras en que se encuadran determinados trabajadores que han sufrido accidentes o enfermedades. Se trata de una categoría de incapacidad en la cual el trabajador se ve imposibilitado para cualquier actividad profesional, ya sea en la profesión que antes tenía o en otras. 

Reconocer y validad la incapacidad permanente absoluta no es siempre fácil, por eso los abogados que contrate el trabajador deben ser expertos en esta materia. Desde un equipo coordinado y altamente profesionalizado, se lograrán procesos de acuerdo a las necesidades del cliente. 

Algo importante que hay que considerar, es que determinadas corporaciones se sirven de equipos de juristas que harán lo posible para que la empresa se vea perjudicada lo menos posible, a pesar de Vd. se perjudique. 

Nunca debe dejar que sus derechos sean vulnerados por parte de nadie, ni por quien le contrata ni por otras personas. Nosotros estamos para solventar cualquier situación en este aspecto. 

Para gran número de trabajadores, no poder a volver a trabajar es un trauma difícil de superar, pero si además de eso, no obtienen el monto que les corresponde, la situación puede ser desesperada. 

Para lograr la incapacidad permanente absoluta, el trabajador habrá de tener una edad inferior a los 65 o 67 años, dependiendo del caso. 

Asimismo es necesario estar afiliado y en alta en el Régimen General de la Seguridad Social. El alta seguirá siendo válida aun cuando el empresario haya cerrado la empresa, en situaciones de huelga o similares. También es fundamental haber cotizado antes de haber padecido la incapacidad.

Este supuesto solamente corresponde a casos en los que la incapacidad se produzca por un accidente o enfermedad de carácter no laboral. Respecto a la cuantía que recibirá la persona afectada, resultará equivalente al 100% tomando de referencia la base reguladora

Como ocurre en otros casos de indemnización por enfermedades o accidentes, la cantidad de dinero obtenido podrá incrementarse. Este supuesto se produce cuando se demuestra que la afección de la persona trabajadora, se ha producido por un fallo o negligencia por parte de la empresa

A su disposición está nuestro formulario, a través del que podrá comunicarse con nosotros, así como un teléfono mediante el que obtendrá toda la información que resulte de su interés.

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