Algunas personas padecen enfermedades o trastornos físicos que les impiden realizar su trabajo adecuadamente. Si estas situaciones no se consideran como incapacidad temporal, es posible pedir la incapacidad permanente. Hay que tener en cuenta que esta situación puede clasificarse de cuatro formas distintas:
La incapacidad laboral no se concede automáticamente, por lo que es necesario iniciar un proceso administrativo con el fin de que la declaren. Por tanto, deberemos solicitar la incapacidad ante la Seguridad Social, la cual actuará a través de un equipo destinado específicamente a estas funciones (equipos de valoración de incapacidades). En este punto no es obligatorio contar con abogado, pero sí es muy recomendable. Un abogado le ayudará a presentar la documentación necesaria, resolverá sus dudas y le asistirá durante el proceso en general.
Si, por algún motivo, el equipo médico no le concediera la incapacidad, o lo hiciera en menor grado del que usted considera que debe tener, podrá recurrir judicialmente. En estos casos, el abogado de incapacidad se encargará de formular la oportuna reclamación administrativa previa y, posteriormente, de acudir a los Tribunales.
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